domingo, 18 de junio de 2023

¿Qué es y cómo se aplica el recurso de amparo en la provincia de Buenos Aires?

 El recurso de amparo es una acción judicial que se puede presentar en la provincia de Buenos Aires cuando se vean afectados o amenazados los derechos y garantías reconocidos por la Constitución Nacional, la Constitución Provincial, los tratados internacionales y las leyes. El objetivo es obtener una protección urgente y efectiva de esos derechos frente a actos u omisiones de autoridades públicas o particulares.

 El recurso de amparo se rige por la ley provincial 13.928, que establece los requisitos, el procedimiento y las competencias para su tramitación. Según esta ley, los pasos para presentar un recurso de amparo son los siguientes:

1. Redactar un escrito con los datos del recurrente (nombre, apellido, domicilio, documento), los datos del demandado (autoridad o persona que vulnera el derecho), la descripción del acto u omisión que afecta el derecho, el derecho vulnerado o amenazado, el pedido concreto y las pruebas que se tengan o se ofrezcan. El escrito debe estar firmado por un abogado o una abogada matriculada en la provincia (art. 3).

2. Presentar el escrito en el juzgado competente según la materia y el territorio. Por ejemplo, si se trata de un amparo contra una obra social provincial, se debe presentar en el juzgado en lo contencioso administrativo del departamento judicial correspondiente al domicilio del recurrente. Si se trata de un amparo contra un particular, se debe presentar en el juzgado civil del mismo departamento judicial (art. 4).

3. Esperar la resolución del juez o la jueza, que debe dictarse en un plazo máximo de diez días hábiles desde la presentación del recurso (art. 5). El juez o la jueza puede admitir el recurso y ordenar las medidas necesarias para restablecer el derecho lesionado o cesar la amenaza (art. 6); rechazar el recurso por improcedente o infundado (art. 7); o remitir el expediente al tribunal competente si considera que no le corresponde intervenir (art. 8).

4. Si el juez o la jueza admite el recurso, notificar al demandado para que conteste en un plazo de cinco días hábiles y producir las pruebas ofrecidas en un plazo de diez días hábiles (art. 9). El juez o la jueza puede convocar a una audiencia de conciliación entre las partes (art. 10).

5. Si el juez o la jueza rechaza el recurso, interponer un recurso de apelación ante la Cámara de Apelación correspondiente en un plazo de cinco días hábiles desde la notificación de la resolución (art. 11). La Cámara debe resolver en un plazo máximo de quince días hábiles desde que recibe el expediente (art. 12).

6. Si la Cámara confirma el rechazo del recurso, interponer un recurso extraordinario ante la Suprema Corte de Justicia de la provincia en un plazo de diez días hábiles desde la notificación de la resolución (art. 13). La Corte debe resolver en un plazo máximo de treinta días hábiles desde que recibe el expediente (art. 14).

7. Si la Corte confirma el rechazo del recurso, interponer un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en un plazo de diez días hábiles desde la notificación de la resolución (art. 15). La Corte debe resolver en un plazo máximo de noventa días hábiles desde que recibe el expediente (art. 16).


 (c) Héctor A. Palavecino 

¿Qué es y cómo se aplica el recurso de amparo?


 El recurso de amparo es una herramienta jurídica que permite a las personas defender sus derechos fundamentales cuando se ven vulnerados o amenazados por una autoridad pública o por otra persona. Se trata de un procedimiento rápido y sencillo que se presenta ante el Tribunal Constitucional, el órgano encargado de garantizar el cumplimiento de la Constitución.

 Los derechos fundamentales son aquellos que la Constitución reconoce como esenciales para la dignidad humana y el desarrollo de la personalidad. Algunos ejemplos son el derecho a la vida, a la salud, a la educación, a la libertad de expresión, a la igualdad, al debido proceso, entre otros. Estos derechos también se encuentran protegidos por los tratados internacionales de derechos humanos y por las leyes nacionales y locales.

 El recurso de amparo se puede iniciar cuando se produce una violación o una amenaza actual o inminente de alguno de estos derechos, siempre que sea manifiesta o arbitraria, es decir, que no tenga una justificación legal o razonable. No se puede recurrir al amparo cuando exista otro medio judicial más idóneo para resolver el conflicto o cuando ya haya una sentencia firme sobre el caso.

 Para presentar un recurso de amparo se necesita contar con la asistencia de un abogado o una abogada, que redactará un escrito con los siguientes datos: el nombre, apellido y domicilio del recurrente; el nombre y domicilio del autor del acto que afecta el derecho; la descripción del acto y del derecho vulnerado; el pedido concreto y preciso; y las pruebas que se tengan. El escrito se debe presentar en el juzgado de primera instancia del lugar donde ocurrió el hecho.

 El juez o la jueza que recibe el recurso tiene que resolver en un plazo breve si lo admite o lo rechaza. Si lo admite, solicitará informes a las partes involucradas y dictará una sentencia que puede declarar la inconstitucionalidad del acto impugnado y ordenar las medidas necesarias para restablecer el derecho lesionado. Si lo rechaza, el recurrente podrá apelar la decisión o iniciar un juicio ordinario.

 Existe también la posibilidad de presentar un recurso de amparo colectivo, cuando se trata de defender derechos que afectan a un grupo de personas que tienen un interés común. Por ejemplo, los usuarios de un servicio público que reclaman por una deficiencia o un abuso; los vecinos de una zona que sufren una contaminación ambiental; los integrantes de una comunidad indígena que reclaman por su territorio ancestral. En estos casos, se requiere que haya un representante del grupo que actúe como recurrente.

 El recurso de amparo es una vía importante para garantizar el respeto y la protección de los derechos fundamentales en una sociedad democrática. Por eso, es necesario conocerlo y utilizarlo cuando sea necesario.


 (c) Héctor A. Palavecino